Ni maltrato animal, ni maltrato humano


Por: Ada Lucía Monsalve

Hemos visto en los últimos años un aumento en la sensibilidad del público en general con respecto al bienestar animal y un creciente rechazo a los actos de maltrato contra ellos .

Personalmente me aúno a esas manifestaciones de preferencia por el respeto a la vida y el bienestar de nuestros hermanos animales, pero me he encontrado últimamente con una práctica que me parece no solamente ofensiva y desacreditante para todos los animalistas, sino también, incoherente. Se trata del maltrato de los que se hacen llamar animalistas hacia los maltratadores.

Hay diversas formas de maltrato y sé que en nombre de la defensa de los animales se han dado hechos como agresiones físicas personales o daños a la propiedad ajena. Sin embargo me ocuparé de la forma de maltrato más común, y a la vez más cobarde, ya que no implica enfrentarse cara a cara con el opositor y más bien permite “tirar la piedra y esconder la mano”. Me refiero al maltrato verbal a través de los medios de comunicación y las redes sociales.

Cada vez que se publica la noticia de un nuevo caso de maltrato, o se avecina una temporada taurina se llenan Facebook, Twitter, los espacios de comentarios de los periódicos virtuales y todos los medios digitales, de expresiones agresivas y en ocasiones muy ofensivas y en lenguaje soez hacia los identificados maltratadores u omisores de los derechos de los animales.

Ante este fenómeno me lleno de tristeza y hastío, y se me quitan las ganas de seguir leyendo al ver la pobre capacidad de argumentación de esos animalistas que terminan profiriendo un insulto en ausencia de palabras más convincentes para motivar al otro a que cambie su comportamiento.

Hay muchos motivos para reprochar el insulto y maltrato a quienes creemos que actúan en contra de los animales y empecemos por el más simple y fundamental:  los seres humanos también somos animales, maltratar a un ser humano de cualquier forma es repetir el comportamiento juzgado y reprochado. Además tenemos el argumento pedagógico: el maltrato verbal, la cantaleta, la intimidación, no cambian comportamientos.

La defensa de la vida y el bienestar animal no puede ser una batalla librada a punta de irrespetos y ofensas, porque la incoherencia en la forma de discutir invalida el argumento. Si usted grita y emplea palabras ofensivas no le van a creer que esté defendiendo el respeto y la no agresión.

La agresión en cualquiera de sus formas no genera más que dolor, resentimiento y rebeldía.  Así que muy seguramente al ofender al otro estamos perpetuando su comportamiento en vez de modificarlo.

Yo también he sentido que me duele el alma cuando veo el maltrato de un animal indefenso, me enojo, me lleno de indignación y prosperan en mí infinidad de sentimientos negativos hacia los maltratadores. Pero insultar y agredir es el camino más directo a alargar la disputa y además convertirla en algo personal y muy destructivo.

Es mas inteligente expresar el desacuerdo en términos respetuosos, buscar los argumentos, asegurarse primero de que uno sí está en los correcto, llenarse de buenas razones para seguir defendiendo la vida por los medios adecuados y más efectivos. Descalificar el hecho sin agredir a la persona puede generar reflexión, pero tratar mal a la persona solo causará rencor y mayor deseo de seguir actuando de la misma manera.

Parafraseando a los animalistas de Medellín, los amantes de la vida y los animales no humanos: “somos la voz de los que no tienen voz”. Entonces digamos lo que de verdad creemos que ellos dirían, con la misma bondad y respeto que de ellos admiramos tanto.

Derechos de los animales aprobados por la ONU y la UNESCO

ART.1º
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos  a la existencia.

ART.2º
A)  Todo animal tiene derecho al respeto
B)  El ser humano, como especie animal, no tiene derecho de exterminar o explotar a otros animales violando este derecho. El ser humano tiene obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
C)  Todos los animales tienen derecho a la atención, los cuidados y la protección por parte del ser humano.

ART.3º
A)  Ningún animal será sometido a malos tratos y se establece la prohibición de actos crueles sobre los animales.
B)  En caso de que la muerte del animal sea necesaria, esta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

ART.4º
A)  Se establece el derecho a la libertad de los animales salvajes y el derecho de los domésticos a vivir y crecer al ritmo y las condiciones propias de su especies y a vivir en su medio ambiente natural, ya sea terrestre, aéreo ó acuático, a reproducirse y a cumplir su ciclo natural de vida.
B)  Toda privación de libertad, aunque sea con fines educativos, es contraria a este derecho.
C)  Toda modificación de dichos ritmos o condiciones, si es impuesto por el ser humano con fines mercantiles es contraria a este derecho.

ART.5º
A) Todo animal escogido por el hombre como compañero tiene derecho a que la duración de su vida esté de acuerdo con su longevidad natural.
B) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

ART.6º
Todo animal de trabajo tiene derecho a limitar su tiempo e intensidad de trabajo, a una alimentación adecuada y al reposo.

ART.7º
A) Se condena la experimentación científica con animales que implique un sufrimiento tanto físico como psicológico, es totalmente incompatible con los derechos del animal, ya se trate de experimentos médicos, científicos, comerciales o de cualquier naturaleza.
B) Deben ser utilizadas y desarrolladas técnicas alternativas a la experimentación animal. 

ART.8º
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, alojado, transportado y sacrificado sin que ello le produzca ansiedad o dolor.

ART.9º
A) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del ser humano.
B) Se prohíben los espectáculos y exhibiciones incompatibles con la dignidad del animal.

ART.10º
Las escenas de violencia en las que los animales son víctimas deben ser prohibidas en el cine y la T.V. salvo si sirven para mostrar los atentos contra los derechos de los animales.

ART.11º
A) Todo acto que conlleve la muerte innecesaria de un animal es un crimen contra la vida, es decir un  biocidio.
B) Todo acto que conlleve la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
C) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
D) Un animal muerto debe ser tratado con respecto.

ART.12º
Se entiende como animal de compañía todo aquel mantenido por el hombre, principalmente en su hogar, por placer y compañía sin que exista actividad lucrativa ninguna.